Los sectores agropecuario, de servicios, industrial, residencial que ejerza actividad económica y sector público pueden solicitar un incentivo del nuevo programa de ayudas dotado con 21,8 millones de euros procedentes de fondos europeos Next Generation. Gestionado por la Agencia Andaluza de la Energía, el programa apoyará el uso de energía solar térmica, geotermia, biomasa, aerotermia e hidrotermia a través de dos programas, y permanecerá abierto hasta el 31 de diciembre. El Programa 1 contará inicialmente con el 80% del presupuesto (sectores industrial, agropecuario, servicios y otros sectores de la economía, incluyendo el residencial) y el Programa 2 con el 20% restantes (edificios de uso no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público que no ejerce actividad económica).
La Junta de Andalucía ha abierto la ventanilla para que los sectores agropecuario, de servicios, industrial, residencial que ejerza actividad económica y sector público puedan solicitar un incentivo del nuevo programa de ayudas dotado con 21,8 millones de euros procedentes de fondos europeos Next Generation para proyectos de climatización y otras necesidades térmicas con energías renovables. Gestionado por la Agencia Andaluza de la Energía, el programa apoyará el uso de energía solar térmica, geotermia, biomasa, aerotermia e hidrotermia a través de dos programas. El plazo para presentar solicitudes permanecerá abierto hasta el 31 de diciembre de 2023 o hasta el agotamiento de los fondos.
Al Programa 1, que contará inicialmente con el 80% del presupuesto, pueden optar los sectores industrial, agropecuario, servicios y otros sectores de la economía, incluyendo el residencial que ejerza actividad económica como entidades que alquilan viviendas o empresas de servicios energéticos que llevan a cabo proyectos en viviendas o comunidades de propietarios, por ejemplo. En función de si se trata de una empresa grande, mediana o pequeña, la ayuda base oscilará entre el 35% y el 45% de los costes subvencionables. Por su parte, el Programa 2, con un 20% de los fondos asignados, está destinado a edificios de uso no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público que no ejerce actividad económica, ofreciendo bienes y/o servicios en el mercado, siendo la intensidad de las ayudas del 70%. Si las actuaciones de los dos programas se ejecutan en municipios de reto demográfico de hasta 5.000 habitantes y municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes con núcleos de población de menos de 5.000, a los porcentajes anteriores se les sumará un 5% de ayuda adicional. El listado de municipios está en la página web de la Agencia Andaluza de la Energía.
Destinatarios
Todos los sectores productivos pueden realizar actuaciones para implementar nuevas instalaciones renovables para la producción de frío y/o calor en edificios: agua caliente sanitaria, calefacción, refrigeración o climatización, por ejemplo, de piscinas, bien directamente o bien a través de microrredes de distrito de calor y/o frío (solamente se incentivará el primer MW, aunque las instalaciones pueden ser de más potencia), teniendo en cuenta que los equipos destinados a climatización deben cumplir las directivas de ecodiseño y etiquetado energético. En procesos industriales se incentivan instalaciones cuya producción de energía térmica tenga aplicación en limpieza, secado, baños térmicos para tratamiento de superficies, abastecimiento de servicios de lavandería, lavado de vehículos, pasteurización y conservación de productos perecederos, climatización de naves de uso industrial, ganadero e invernaderos, aplicaciones térmicas de baja, media y alta temperatura en almazaras, extractoras y refinerías de aceite, etc.
Entre los costes subvencionables se incluyen, entre otros, la inversión en equipos y materiales, los costes de ejecución de las obras o los sistemas de control activo y monitorización, tanto de la producción como de la demanda de energía térmica de instalaciones consumidoras abastecidas por el proyecto objeto de la ayuda, así como la obra civil necesaria para la ejecución de las actuaciones, que deberán estar finalizadas a los 18 meses desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de incentivo.
Las solicitudes de ayuda serán atendidas por riguroso orden de presentación y, en Andalucía, se podrá optar por la presentación electrónica directamente por los beneficiarios o a través de alguna de las empresas adheridas que les representarán en dicha tramitación y cuyo listado puede consultarse en la web de la entidad. Para el Programa 1, las cuantías de ayuda estarán sujetas a las limitaciones establecidas por la normativa europea de ayudas de Estado (en ningún caso las ayudas a una misma empresa y proyecto podrán superar los 15 millones) y las actuaciones deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda. Para el Programa 2, con posterioridad al 22 de diciembre de 2021.
El programa de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía se incluye dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, modificado por el Real Decreto 377/2022 de 17 de mayo).
Fuente noticia: energias-renovables.com